Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
III.2o.P. J/20Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Penal

DEMANDA DE AMPARO. LA FALTA DE NOTIFICACIÓN SOBRE SU ADMISIÓN Y TRAMITACIÓN O SU AMPLIACIÓN AL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO QUE ACTÚA EN EL PROCESO PENAL, IMPLICA UNA VIOLACIÓN A LAS REGLAS DEL PROCEDIMIENTO QUE AMERITA SU REPOSICIÓN.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Mayo de 2008; Pág. 872

Precedentes

Amparo en revisión 51/2005. 24 de junio de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Ángel Rubio Padilla. Secretario: Iván Eduardo Fajardo García. Amparo en revisión 363/2006. 11 de mayo de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Humberto Benítez Pimienta. Secretario: Fernando Cortés Delgado. Amparo en revisión 379/2007. 29 de febrero de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Humberto Benítez Pimienta. Secretario: Fernando Cortés Delgado. Amparo en revisión 368/2007. 7 de abril de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Humberto Benítez Pimienta. Secretario: Fernando Cortés Delgado. Amparo en revisión 359/2007. 14 de abril de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Humberto Benítez Pimienta. Secretario: Fernando Cortés Delgado. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 24/2012 , de la que derivó la tesis jurisprudencial 1a./J. 87/2012 (10a.) de rubro: " REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO. LA OMISIÓN DE DAR CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 155 DE LA LEY DE AMPARO, CONSTITUYE VIOLACIÓN A LAS REGLAS ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO QUE LA PROVOCA ."

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia penal