2a./J. 45/2008 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa
CAÑA DE AZÚCAR. LAS APORTACIONES PARA EL SOSTENIMIENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA DE LA CAÑA DE AZÚCAR, PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 98 DE LA LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE RELATIVA, NO SON CONTRIBUCIONES.
[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Abril de 2008; Pág. 489
Las mencionadas aportaciones a cargo del Gobierno Federal, de los industriales y de las Organizaciones Nacionales Cañeras, no tienen el carácter de contribuciones, ya que no constituyen ingresos públicos destinados a sufragar el gasto público del Estado Mexicano, sino a la creación de un fondo para el sostenimiento del Centro de Investigación Científica y Tecnológica de la Caña de Azúcar (CICTCAÑA). En efecto, estas aportaciones no se identifican con alguna de las especies de tributos, como son los impuestos, los derechos, las contribuciones de mejoras o las aportaciones de seguridad social, además de que son a cargo de quienes se benefician con la actividad del CICTCAÑA, esto es, los industriales, los abastecedores de caña y el Gobierno Federal, al que corresponde regir la economía nacional y proteger los bienes básicos para el consumo popular.
Precedentes
Amparo en revisión 1122/2006. Promotora Azucarera, S.A. de C.V. y otras. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Rolando Javier García Martínez.
Amparo en revisión 1926/2006. Ingenio Plan de San Luis, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Rolando Javier García Martínez.
Amparo en revisión 1942/2006. Compañía Industrial Azucarera, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Rolando Javier García Martínez.
Amparo en revisión 16/2007. Impulsora de la Cuenca del Papaloapan, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: María Estela Ferrer Mac Gregor Poisot.
Amparo en revisión 67/2007. Ingenio La Joya, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Rolando Javier García Martínez.
Tesis de jurisprudencia 45/2008. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del doce de marzo de dos mil ocho.