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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 12 de noviembre de 2008, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 21/2008-PS en que participó el presente criterio.

VI.2o.P.106 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
Registro digital (IUS)
170380
Clave de tesis
VI.2o.P.106 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Penal
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Febrero de 2008; Pág. 2245

CATEO. SI EL OCUPANTE DEL LUGAR NO NOMBRA TESTIGOS Y EL FISCAL PROCEDE CON LA DILIGENCIA, SEÑALANDO HASTA AL FINAL QUIÉNES FUNGÍAN COMO TALES, ELLO NO INDICA, PER SE, QUE NO LA PRESENCIARON Y QUE NO LES CONSTARON LOS HECHOS PLASMADOS EN EL ACTA RESPECTIVA, SI EN CONTRARIO SE APUNTA QUE ESTUVIERON PRESENTES DURANTE SU DESAHOGO Y NO HAY PRUEBA QUE LO CONTRADIGA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Febrero de 2008; Pág. 2245

Precedentes

Amparo en revisión 321/2007. 11 de octubre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Diógenes Cruz Figueroa. Secretaria: Liliana Alejandrina Martínez Muñoz. Nota: Por ejecutoria de fecha 12 de noviembre de 2008, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 21/2008-PS en que participó el presente criterio.

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