1a. CXCIII/2007 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional
EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS. EL ARTÍCULO 6o., FRACCIÓN I DE LA LEY QUE CREA EL FIDEICOMISO QUE ADMINISTRARÁ EL FONDO DE APOYO SOCIAL PARA AQUÉLLOS, TRANSGREDE EL DERECHO A LA IGUALDAD, POR EXCLUIR DE LA POSIBILIDAD DE ACREDITAR SER BENEFICIARIOS DEL APOYO SOCIAL A LOS NO INSCRITOS EN EL PADRÓN DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN.
[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Septiembre de 2007; Pág. 385
El hecho de que la citada Ley no permita acreditar a ex trabajadores migratorios mexicanos que legalmente prestaron sus servicios en los Estados Unidos de América de 1942 a 1964 bajo los acuerdos bilaterales celebrados entre México y aquel país, ser beneficiarios del apoyo social por no haber estado previamente inscritos en el Padrón de la Secretaría de Gobernación, transgrede en su perjuicio el derecho a la igualdad. Ello es así, porque los trata sin justificación alguna en forma desigual respecto de aquellos que por estar inscritos en el Padrón antes señalado, sí pueden acreditar, en su caso, ser titulares del beneficio económico.
Precedentes
Amparo en revisión 198/2007. Ciriaco Rico Frías y otros. 9 de mayo de 2007. Mayoría de tres votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Disidente Olga Sánchez Cordero Dávila. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo; en su ausencia hizo suyo el asunto José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Paula María García Villegas, Dolores Rueda Aguilar y Alberto Miguel Ruiz Matías.
Amparo en revisión 1978/2006. Bernardo Rodríguez y otros. 9 de mayo de 2007. Mayoría de tres votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Disidente: Olga Sánchez Cordero Dávila. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo; en su ausencia hizo suyo el asunto José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Paula María García Villegas, Dolores Rueda Aguilar y Alberto Miguel Ruiz Matías.
Amparo en revisión 263/2007. Joaquín García Martínez y otros. 9 de mayo de 2007. Mayoría de tres votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Disidente: Olga Sánchez Cordero Dávila. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo; en su ausencia hizo suyo el asunto José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Paula María García Villegas, Dolores Rueda Aguilar y Alberto Miguel Ruiz Matías.
Amparo en revisión 24/2007. María del Socorro Segura Contreras y otros. 9 de mayo de 2007. Mayoría de tres votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Disidente: Olga Sánchez Cordero Dávila. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretarios: Paula María García Villegas, Dolores Rueda Aguilar y Alberto Miguel Ruiz Matías.
Amparo en revisión 1946/2006. Celia Alvarado Balleza y otros. 9 de mayo de 2007. Mayoría de tres votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Disidente: Olga Sánchez Cordero Dávila. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretarios: Paula María García Villegas, Dolores Rueda Aguilar y Alberto Miguel Ruiz Matías.
Nota: Conforme al artículo
192, segundo párrafo, de la Ley de Amparo
, esta tesis no es apta para integrar jurisprudencia, porque sus precedentes no reúnen la votación mínima requerida para tal efecto.