Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/172200

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 18 de octubre de 2017, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 59/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

XVII.2o.P.A.29 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
Registro digital (IUS)
172200
Clave de tesis
XVII.2o.P.A.29 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Penal
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Junio de 2007; Pág. 1110

INSPECCIÓN MINISTERIAL. SU DESAHOGO SIN FIJACIÓN DEL DÍA, HORA, LUGAR Y CITACIÓN OPORTUNA DE LAS PARTES NO VULNERA LAS GARANTÍAS DEL PROCESADO, SI ÉSTE PUEDE OFRECER DURANTE EL PROCESO LAS PRUEBAS PARA DESVIRTUAR LOS HECHOS QUE DERIVEN DE DICHA DILIGENCIA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Junio de 2007; Pág. 1110

Precedentes

Amparo directo 506/2006. 30 de marzo de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Rivera Corella. Secretaria: Martha Dalila Morales Cruz. Nota: Por ejecutoria del 18 de octubre de 2017, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 59/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia penal

Registro digital (IUS): 172200