Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
I.9o.T.229 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. SU CALIFICACIÓN PREVIA, PROCEDE TAMBIÉN, CUANDO SE RECLAME INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Marzo de 2007; Pág. 1735

Precedentes

Amparo directo 91/2007. Selene Caridad Esquivel Vázquez. 14 de febrero de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Emilio González Santander. Secretario: José Roberto Córdova Becerril. Nota: Por ejecutoria de fecha 9 de mayo de 2007, la Segunda Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 58/2007-SS en que participó el presente criterio, al existir las jurisprudencias 2a./J. 24/2001 y 2a./J. 97/2005, que resuelven el mismo problema jurídico. Las tesis citadas aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomos XIV, julio de 2001 y XXII, septiembre de 2005, páginas 468 y 329, con las claves 2a./J. 24/2001 y 2a./J. 97/2005, respectivamente. Además, el rubro y texto de la segunda fueron sustituidos por los que aparecen publicados en el mencionado medio de difusión, Tomo XXIII, abril de 2006, página 208, de rubro: " OFRECIMIENTO DE TRABAJO. PARA QUE SU RECHAZO POR EL TRABAJADOR INVALIDE LA ACCIÓN DE REINSTALACIÓN, ES NECESARIO QUE AQUÉL SEA CALIFICADO POR LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE (APLICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 24/2001) ." Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 120/2021 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de presidencia de 27 de mayo de 2021.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia laboral