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I.7o.A.504 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE AMPARO NO CONLLEVA LA IMPROCEDENCIA DE AQUÉL, AUN CUANDO EN AMBOS SE HAYAN IMPUGNADO LOS MISMOS ACTOS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Marzo de 2007; Pág. 1708

Precedentes

Revisión fiscal 303/2006. Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaria de la Función Publica, en representación del secretario de dicha dependencia. 17 de enero de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Gustavo Naranjo Espinosa.