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II.1o.A.116 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

INCOMPETENCIA DE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS. SU EXAMEN POR PARTE DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA ES DE CARÁCTER OFICIOSO Y DEBE EFECTUARSE EN TODOS LOS CASOS EN QUE SE ACTUALICE ESE MOTIVO DE ILEGALIDAD.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Diciembre de 2006; Pág. 1350

Precedentes

Amparo directo 521/2005. Pemex Exploración y Producción. 23 de febrero de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Mondragón Reyes. Secretario: David Huerta Mora. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 44/2006-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 99/2006, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIV, julio de 2006, página 345, con el rubro: " COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD DEMANDADA EN EL JUICIO DE NULIDAD. DEBE ANALIZARSE EN TODOS LOS CASOS POR EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA ." Por instrucciones del Tribunal Colegiado de Circuito, la tesis que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIII, mayo de 2006, página 1787, se publica nuevamente con la modificación en el precedente que el propio tribunal ordena.

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