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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/174498

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 7 de febrero de 2018, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 306/2017 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

I.10o.C.56 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
174498
Clave de tesis
I.10o.C.56 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Agosto de 2006; Pág. 2170

DAÑOS Y PERJUICIOS GENERADOS CON MOTIVO DE LA SUSPENSIÓN. EL IMPORTE DE LAS RENTAS QUE SE CAUSAN POR LA POSESIÓN DEL INMUEBLE NO LOS CONSTITUYE, DADO QUE ÉSTA NO SE OBTUVO POR EL OTORGAMIENTO DE ESA MEDIDA CAUTELAR, SINO DE LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO (ARTÍCULO 129 DE LA LEY DE AMPARO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Agosto de 2006; Pág. 2170

Precedentes

Queja 24/2006. Humberto Guadarrama Reyes. 2 de mayo de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: J. Jesús Pérez Grimaldi. Secretaria: Margarita Morrison Pérez. Nota: Por ejecutoria del 7 de febrero de 2018, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 306/2017 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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