Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
VIII.1o.44 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

QUEJA CONTRA LA DETERMINACIÓN DEL JUEZ DE DISTRITO QUE NIEGA LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA. DEBE DECLARARSE SIN MATERIA ESTE RECURSO SI PREVIAMENTE SE DECLARÓ FUNDADO UNO DIVERSO PROMOVIDO CONTRA EL ACUERDO DE ADMISIÓN DE LA DEMANDA DE GARANTÍAS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Junio de 2006; Pág. 1207

Precedentes

Queja 3/2006. Fernando Rangel de León y coags. 10 de febrero de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Jesús Ponce Gamiño, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: José Gerardo Viesca Guerrero.

→ Más tesis en materia común