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I.8o.A.109 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

ADQUISICIÓN DE INMUEBLES. EL ARTÍCULO 137, FRACCIÓN XII, DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL DISTRITO FEDERAL, AL NO INCLUIR EN LOS SUPUESTOS DE CAUSACIÓN DEL IMPUESTO RELATIVO, LA QUE SE EFECTÚE POR EL ARRENDATARIO EN LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO, VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2004).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Mayo de 2006; Pág. 1672

Precedentes

Amparo en revisión 297/2005. Promotora IPGH, S.A. de C.V. 10 de octubre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Secretario: Víctor Aguirre Montoya. Notas: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 54/2007-SS , resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 57/2007, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, mayo de 2007, página 808, con el rubro: " ADQUISICIÓN DE INMUEBLES. LA FRACCIÓN XII DEL ARTÍCULO 137 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL DISTRITO FEDERAL QUE ESTABLECE REGLAS SOBRE EL IMPUESTO RELATIVO, NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA ." Esta tesis contendió en la contradicción 95/2007-SS que fue declarada improcedente por la Segunda Sala, toda vez que sobre el tema tratado existe la tesis 2a./J. 57/2007.