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I.15o.A.42 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIÓN. EL ARTÍCULO 206 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL DISTRITO FEDERAL VIGENTE A PARTIR DEL DOS MIL CINCO, QUE ESTABLECE DIVERSAS CUOTAS PARA EL PAGO DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES, VIOLA EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Febrero de 2006; Pág. 1895

Precedentes

Amparo en revisión 484/2005. Martha Victoria Agundis Pasquel. 4 de noviembre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretario: Ricardo Gallardo Vara. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 100/2007-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 114/2007, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, julio de 2007, página 281, con el rubro: " DERECHOS POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIÓN. EL ARTÍCULO 206, FRACCIONES I Y II, DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL DISTRITO FEDERAL, EN VIGOR EN 2004, 2005 Y 2006, ES INCONSTITUCIONAL ."