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I.3o.C.505 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

SOCIEDADES MERCANTILES. EL ARTÍCULO 205 DE LA LEY GENERAL RELATIVA QUE OBLIGA AL ACCIONISTA AL DEPÓSITO DE LOS TÍTULOS DE SUS ACCIONES ANTE NOTARIO O INSTITUCIÓN DE CRÉDITO COMO REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD, NO VIOLA EL ARTÍCULO 17 CONSTITUCIONAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Enero de 2006; Pág. 2483

Precedentes

Amparo directo 284/2005. Nicolás Alberto Ferrer Casellas. 9 de junio de 2005. Mayoría de votos. Disidente: Anastacio Martínez García. Ponente: Neófito López Ramos. Secretaria: Dinnorah Jannett Carbajal Rogel. Nota: El criterio contenido en esta tesis no es obligatorio ni apto para integrar jurisprudencia en términos del punto 11 del capítulo primero del título cuarto del Acuerdo Número 5/2003 del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de veinticinco de marzo de dos mil tres, relativo a las Reglas para la elaboración, envío y publicación de las tesis que emiten los órganos del Poder Judicial de la Federación, y para la verificación de la existencia y aplicabilidad de la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte .

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