I.3o.A.51 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS (CONDUSEF). SU DIRECCIÓN GENERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, CARECE DE EXISTENCIA LEGAL DEBIDO A QUE SU CREACIÓN DERIVA DEL ESTATUTO ORGÁNICO DE DICHO ORGANISMO Y NO DE UNA LEY O REGLAMENTO EXPEDIDOS PREVIAMENTE.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Enero de 2006; Pág. 2338
De conformidad con los artículos
73, fracción XI y 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, las autoridades deben ser creadas o instituidas mediante una ley del Congreso de la Unión o mediante un reglamento expedido por el presidente de la República, en consecuencia, la Dirección General de Conciliación y Arbitraje de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, carece de existencia legal, toda vez que su creación deriva del artículo
3o., fracción IV
, del estatuto orgánico de dicha comisión, que no goza de las características de una norma de las mencionadas, no obstante que haya sido expedido con base en el artículo
15 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales
, que establece que en la creación de un organismo descentralizado, como lo es la citada comisión, se establecerá la integración de un estatuto orgánico expedido por el órgano de gobierno respectivo, obligación que debe entenderse como la facultad para fijar la organización administrativa de un organismo descentralizado, respecto de aquellas oficinas, despachos o departamentos que lo integren y establecer las facultades y funciones que les correspondan con base en lo previamente dispuesto en la ley o reglamento respectivos, pero no para crear autoridades y otorgar competencias no establecidas de manera previa y expresa en una ley o reglamento.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 316/2005. Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Bital, hoy HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC. 30 de septiembre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: María Teresa García Robles. Secretario: Antonio Campuzano Rodríguez.
Nota: Esta tesis contendió en la
contradicción 97/2008-SS
resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 117/2008, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVIII, septiembre de 2008, página 221, con el rubro: "
DIRECCIÓN GENERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS. EXISTE LEGALMENTE AL HABER SIDO CREADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO MEDIANTE EL ESTATUTO ORGÁNICO DE LA PROPIA COMISIÓN
."