VIII.3o.24 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
PRUEBA PERICIAL EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. CUANDO SE OFRECE ORALMENTE EN LA AUDIENCIA TRIFÁSICA, SU OFERENTE NO ESTÁ OBLIGADO A ENTREGAR COPIAS DE LOS CUESTIONARIOS PARA LAS PARTES.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Octubre de 2005; Pág. 2457
Si bien es cierto que el artículo
823 de la Ley Federal del Trabajo
precisa que el oferente de la prueba pericial debe exhibir copia del cuestionario respectivo para cada una de las partes, también lo es que dicha regla opera para el caso de que se ofrezca por escrito; empero cuando su ofrecimiento se realiza oralmente en la audiencia trifásica, su oferente no está obligado a entregar la copia, pues en términos del artículo
721
de la citada ley, la Junta está obligada a entregar copia autógrafa de las actas de la audiencia a cada una de las partes comparecientes.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 306/2005. Comisión Federal de Electricidad. 25 de agosto de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Isidro Avelar Gutiérrez. Secretaria: María del Pilar Aspiazu Gómez.