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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 30 de junio de 2010, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 152/2010 en que participó el presente criterio.

III.2o.A.133 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
177161
Clave de tesis
III.2o.A.133 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Septiembre de 2005; Pág. 1560

RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. NI EL CÓDIGO PENAL NI EL DE PROCEDIMIENTOS PENALES SON SUPLETORIOS A LA LEY RELATIVA PARA IMPONER SANCIONES POR FALTAS ADMINISTRATIVAS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Septiembre de 2005; Pág. 1560

Precedentes

Amparo directo 323/2004. 14 de julio de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Gómez Verónica. Secretario: Guillermo García Tapia. Nota: Por ejecutoria de fecha 30 de junio de 2010, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 152/2010 en que participó el presente criterio.

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