I.9o.T.205 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO. ES SUPLETORIAMENTE APLICABLE A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL, POR NO SER EXPLÍCITA AQUÉLLA AL SEÑALAR EL MOMENTO OPORTUNO PARA SU PROMOCIÓN.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Agosto de 2005; Pág. 2045
El artículo
977, fracción IV, de la Ley Federal del Trabajo
en vigor, señala que la tercería excluyente de dominio suspende únicamente el acto de remate, de lo que se advierte que no es explícito al señalar el momento oportuno para promover dicha tercería; por lo tanto, debe ser supletoriamente aplicable el artículo
664 del Código de Procedimientos Civiles
, que dispone que las tercerías excluyentes pueden oponerse en todo negocio, cualquiera que sea su estado, con tal de que si son de dominio no se haya dado posesión de los bienes al rematante o al actor en su caso por vía de adjudicación; es decir que, en materia laboral, la tercería excluyente de dominio puede promoverse hasta antes de que se haya dado la posesión de los bienes.
NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 5609/2005. Josefina Esther Torres Toscano. 6 de julio de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Nilda R. Muñoz Vázquez. Secretaria: Clara Eugenia González Ávila Urbano.
Nota: Esta tesis contendió en la
contradicción 143/2005-SS
resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 151/2005, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, diciembre de 2005, página 394, con el rubro: "
TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. PUEDE PROMOVERSE HASTA ANTES DE QUE EL REMATE SE DECLARE FINCADO
."