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1a./J. 87/2005Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

SUCESIÓN LEGÍTIMA. LOS PARIENTES COLATERALES DENTRO DEL CUARTO GRADO PUEDEN ACREDITAR EL ENTRONCAMIENTO CON LAS ACTAS DEL REGISTRO CIVIL QUE TENGAN A SU ALCANCE O CON LAS PRUEBAS QUE LEGALMENTE SEAN POSIBLES.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Agosto de 2005; Pág. 180

Precedentes

Contradicción de tesis 46/2004-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Tercero, Cuarto, Noveno y Décimo Cuarto, todos en Materia Civil del Primer Circuito. 8 de junio de 2005. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Luis Fernando Angulo Jacobo. Tesis de jurisprudencia 87/2005. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha veintinueve de junio de dos mil cinco.

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