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I.3o.A.47 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

AMPARO DIRECTO. EL ACTOR EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, CARECE DE INTERÉS JURÍDICO PARA IMPUGNAR EN ESTA VÍA, LA DECLARATORIA DE NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN RECLAMADA, POR HABER OPERADO LA CADUCIDAD, YA QUE NO OBTENDRÍA UN BENEFICIO MAYOR DEL QUE YA OBTUVO CON TAL DECLARATORIA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Mayo de 2005; Pág. 1412

Precedentes

Amparo directo 48/2005. Inmobiliaria El Caballito, S.A. de C.V. 17 de marzo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: María Teresa García Robles. Secretario: Fidencio Vera Baltazar. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIX, abril de 2004, página 425, tesis 2a./J. 33/2004, de rubro: " AMPARO DIRECTO. EL ACTOR EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, CARECE DE INTERÉS JURÍDICO PARA IMPUGNAR EN ESTA VÍA, LA DECLARATORIA DE NULIDAD LISA Y LLANA DE LA RESOLUCIÓN RECLAMADA, AUN CUANDO EL TRIBUNAL FEDERAL RESPONSABLE OMITA EL ESTUDIO DE ALGUNAS CAUSAS DE ILEGALIDAD PLANTEADAS EN LA DEMANDA RESPECTIVA ." Nota: Por ejecutoria del 6 de julio de 2011, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 167/2011, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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