VI.1o.A.166 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
INMOVILIZACIÓN DE CUENTAS BANCARIAS POR ADEUDOS FISCALES. NO LA TORNA ILEGAL LA SOLA EXISTENCIA DE LA COTITULARIDAD SOBRE LA CUENTA DEL DEUDOR CON TERCEROS EXTRAÑOS AL PROCEDIMIENTO FISCALIZADOR.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Marzo de 2005; Pág. 1151
De conformidad con el artículo
270 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
se pueden celebrar contratos de depósito bancario con dinero a la vista de manera colectiva por dos o más personas a cuyos nombres esté la cuenta respectiva, caso en el que cada uno de ellos es cotitular con los demás contratantes, mismos a los cuales corresponden los recursos depositados en dicha cuenta en los términos pactados en el contrato respectivo, por lo que si conforme a este último el deudor del crédito fiscal tiene los mismos derechos y obligaciones que el cotitular ajeno al procedimiento fiscalizador, y puede disponer libremente de los recursos depositados, éstos sí pueden ser objeto de embargo por créditos fiscales a su cargo, sin que la existencia de la cotitularidad torne, por sí sola, en ilegal la inmovilización efectuada.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 325/2004. Adriana del Carmen Budib Castillo. 20 de octubre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: José Eduardo Téllez Espinoza. Secretario: Enrique Cabañas Rodríguez.