1a. CLXXX/2004Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional
ORGANIZACIÓN JUDICIAL. LAS NORMAS QUE LA REGULAN DEBEN INTERPRETARSE EN EL SENTIDO QUE HAGA EFICACES LAS GARANTÍAS JURISDICCIONALES CONSTITUCIONALMENTE CONSAGRADAS, ENTRE ELLAS LA GARANTÍA DE ESTABILIDAD EN EL CARGO.
[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Enero de 2005; Pág. 424
Ante la imperatividad del artículo
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de justicia y Jueces independientes, derecho fundamental que tienen a su favor tanto los juzgadores como la sociedad, para asegurar la efectividad de este derecho y hacer eficaz la Constitución, las normas que rigen la integración y renovación de los órganos judiciales, deben ser interpretadas en el sentido en que más respeten las garantías jurisdiccionales que tutela la Constitución, entre ellas la garantía de estabilidad en el cargo.
Precedentes
Amparo en revisión 664/2003. Alberto Loaiza Martínez. 3 de septiembre de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: María Amparo Hernández Chong Cuy.