I.15o.A.5 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
TENENCIA O USO DE VEHÍCULOS. LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA ESTE TRIBUTO PRECISA DE LA DEMOSTRACIÓN DE QUE EL QUEJOSO ES EL CAUSANTE Y NO SIMPLEMENTE QUE PAGÓ LA CONTRIBUCIÓN.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Diciembre de 2004; Pág. 1461
Del artículo
1o. de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos
se desprende que el sujeto del impuesto relativo es el tenedor o usuario de un vehículo de los precisados en la propia legislación, y que se presume tiene ese carácter el propietario. Por consiguiente, el ejercicio de la acción de amparo contra disposiciones de esa ley precisa de la demostración de la calidad de causante que no puede estimarse satisfecha con la simple exhibición de un formato de pago del tributo presentado ante una institución bancaria, que el propio quejoso requisitó con sus datos y con las particularidades del automotor relativo, cuando la autoridad administrativa responsable acredita en el juicio que se encuentra registrada otra persona como causante pues, en este caso, la simple constancia de pago, incluso, a nombre del quejoso, no es suficiente para revelar la existencia de la obligación fiscal a su cargo sino, en todo caso, el cumplimiento de esa obligación, pero a nombre o por cuenta del sujeto tributario; de ahí que en casos como éste, para demostrar la afectación a su interés jurídico, el solicitante del amparo debe ofrecer otras probanzas que demuestren que, además de que realizó el pago de la contribución, es el propietario, tenedor o usuario del vehículo.
DÉCIMO QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 38/2004. Argüelles Reclutamiento y Selección de Capital Ejecutivo, S.C. 25 de agosto de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Cortés Galván. Secretario: Ricardo Gallardo Vara.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVIII, octubre de 2003, página 1143, tesis IV.3o.T.42 K, de rubro: "
VEHÍCULOS. LA TARJETA DE CIRCULACIÓN ADMINICULADA AL RECIBO DE PAGO DE TENENCIA SON APTOS PARA DEMOSTRAR SU PROPIEDAD
."