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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 20 de abril de 2005, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 163/2004-PS en que participó el presente criterio.

XV.4o.4 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
Registro digital (IUS)
179905
Clave de tesis
XV.4o.4 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Penal
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Diciembre de 2004; Pág. 1351

IDENTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PROCESADO. EL JUEZ DE LA CAUSA ESTÁ FACULTADO PARA ORDENAR SU EJECUCIÓN MATERIAL, AUN CUANDO ESTÉ PENDIENTE DE RESOLVERSE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO CONTRA EL AUTO DE FORMAL PRISIÓN, YA QUE AL SER ADMITIDO EN EL EFECTO DEVOLUTIVO NO SUSPENDE AQUÉLLA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Diciembre de 2004; Pág. 1351

Precedentes

Amparo en revisión 200/2004. 21 de octubre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Inosencio del Prado Morales. Secretario: Ciro Alonso Rabanales Sevilla. Nota: Por ejecutoria de fecha 20 de abril de 2005, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 163/2004-PS en que participó el presente criterio.

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