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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/180093

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 22 de febrero de 2017, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 266/2016 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, debido a que el análisis realizado por los Tribunales se hizo a partir de cuestiones fácticas distintas y, en consecuencia, se estudiaron elementos jurídicos diversos.

II.T.268 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
180093
Clave de tesis
II.T.268 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Noviembre de 2004; Pág. 2005

PRUEBA PERICIAL EN MATERIA LABORAL. SI LA CONTRAPARTE DEL TRABAJADOR LA OFRECE EN DIVERSAS MATERIAS Y ÉSTE TAMBIÉN LA OFRECE PERO NO EN TODAS LAS OPUESTAS, Y LA JUNTA LA ADMITE ÚNICAMENTE EN LAS MATERIAS OFRECIDAS SIN PROVEER LO RELATIVO RESPECTO DE LAS QUE NO OFRECIÓ EL TRABAJADOR, VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUILIBRIO PROCESAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Noviembre de 2004; Pág. 2005

Precedentes

Amparo directo 160/2004. Miguel Ángel Bárcenas Quijano. 28 de junio de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo García Torres. Secretaria: Rosario Moysén Chimal. Nota: Por ejecutoria del 22 de febrero de 2017, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 266/2016 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, debido a que el análisis realizado por los Tribunales se hizo a partir de cuestiones fácticas distintas y, en consecuencia, se estudiaron elementos jurídicos diversos.

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Registro digital (IUS): 180093