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XVII.2o.P.A.20 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA. LA EDAD DEL SENTENCIADO NO CONSTITUYE FORZOSAMENTE UN FACTOR QUE DEBA TOMARSE EN CUENTA PARA AGRAVAR LA SANCIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Octubre de 2004; Pág. 2353

Precedentes

Amparo directo 97/2004. 11 de junio de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Olivia Heiras de Mancisidor. Secretario: Julio César Montes García. Amparo directo 98/2004. 11 de junio de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Olivia Heiras de Mancisidor. Secretario: Julio César Montes García. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, Tomo II, Materia Penal, página 2709, tesis 5279, de rubro: " PENA. LA EDAD DEL DELINCUENTE INFLUYE EN LA INDIVIDUALIZACIÓN DE LA ."

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