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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 27 de enero de 2010, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 432/2009 en que participó el presente criterio.

III.2o.T.26 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
180691
Clave de tesis
III.2o.T.26 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Septiembre de 2004; Pág. 1741

COMPETENCIA. PARA SU RESOLUCIÓN ES INTRASCENDENTE QUE EXISTA EJECUTORIA PRONUNCIADA POR UN JUEZ DE DISTRITO EN LA QUE DECLARA INCONSTITUCIONAL EL ARTÍCULO DE UNA LEY RESPECTO DE PERSONA DIVERSA A LA QUE PROMOVIÓ EL JUICIO NATURAL DEL QUE EMANA EL CONFLICTO RELATIVO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Septiembre de 2004; Pág. 1741

Precedentes

Competencia 101/2003. Suscitada entre el Tribunal de Arbitraje y Escalafón, y la Primera Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo, ambos del Estado de Jalisco. 12 de diciembre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Gómez Ávila. Secretaria: María Guadalupe de Jesús Mejía Pulido. Competencia 112/2003. Suscitada entre el Tribunal de Arbitraje y Escalafón, y la Quinta Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo, ambos del Estado de Jalisco. 30 de enero de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Cotero Bernal. Secretaria: Griselda Guadalupe Guzmán López. Nota: Por ejecutoria de fecha 27 de enero de 2010, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 432/2009 en que participó el presente criterio.

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Registro digital (IUS): 180691