XXVIII.2 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
ACTAS DE LAS AUDIENCIAS CELEBRADAS POR UNA JUNTA LABORAL. EL SECRETARIO DEBE CERTIFICAR LOS MOTIVOS POR LOS CUALES UNO DE SUS INTEGRANTES OMITIÓ FIRMARLAS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Septiembre de 2004; Pág. 1713
El artículo
721 de la Ley Federal del Trabajo
señala que lo actuado en las audiencias se hará constar en actas que deberán ser firmadas por quienes en ella intervinieron, quieran y sepan hacerlo; que cuando algún integrante de la Junta omita firmar las actas y diligencias en las que estuvo presente se entenderá que está conforme con ellas; sin embargo, es preciso para tenerlo por conforme la certificación por parte del secretario de la Junta donde se haga constar la causa por la que no aparece la firma respectiva o que efectivamente dicho integrante, habiendo estado presente en la audiencia, se rehusó a firmar.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 411/2003. Raymundo Lara Morales, beneficiario de la extinta Felipa Juárez Flores o Felipa Yolanda Juárez Flores. 19 de febrero de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Gabriel Fernández Martínez. Secretaria: Sarah Tarabay Ayala.
Amparo directo 483/2003. Arnulfo Torres Rojas y otros. 22 de abril de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Gabriel Fernández Martínez. Secretaria: Sarah Tarabay Ayala.