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VI.3o.A. J/37 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

PRUEBA DOCUMENTAL OFRECIDA EN LA CONTESTACIÓN A LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA DE UN JUICIO DE NULIDAD. DEBE SER VALORADA POR EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Agosto de 2004; Pág. 1506

Precedentes

Revisión fiscal 173/2002. Administrador Local Jurídico de Puebla Norte. 17 de octubre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Rojas Fonseca. Secretario: Carlos Márquez Muñoz. Revisión fiscal 14/2003. Administrador Local Jurídico de Puebla Norte. 20 de febrero de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Rojas Fonseca. Secretario: Juan Carlos Ríos López. Revisión fiscal 6/2004. Administradora Local Jurídica de Puebla Sur. 26 de febrero de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Raúl Oropeza García. Secretario: Héctor Alejandro Treviño de la Garza. Revisión fiscal 82/2004. Administradora Local Jurídica de Puebla Sur. 28 de junio de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: María del Pilar Núñez González. Secretario: Eduardo Edmundo Rocha Caballero. Revisión fiscal 96/2004. Administrador Local Jurídico de Puebla Norte. 3 de agosto de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Rojas Fonseca. Secretario: Jorge Arturo Porras Gutiérrez. Nota: Por ejecutoria del 23 de noviembre de 2011, la Segunda Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 431/2011, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que ya existen las jurisprudencias 2a./J. 173/2011 (9a.) , 2a./J. 117/2011 y 2a./J. 209/2007 que resuelven el mismo problema jurídico.