Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
I.9o.T.178 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

AMPARO DIRECTO EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN DE ACLARACIÓN DE UN LAUDO. EL TÉRMINO PARA SU INTERPOSICIÓN DEBE COMPUTARSE A PARTIR DE SU NOTIFICACIÓN Y NO DE AQUELLA EN QUE SE HUBIESE REALIZADO LA RELATIVA AL PROPIO LAUDO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Agosto de 2004; Pág. 1547

Precedentes

Amparo directo 3689/2004. Titular de la Secretaría de Salud del Gobierno del Distrito Federal. 6 de mayo de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Emilio González Santander. Secretario: José Emilio Peredo Vázquez. Nota: Por ejecutoria de fecha 7 de enero de 2005, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 176/2004-SS en que participó el presente criterio.

→ Más tesis en materia laboral