Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
IV.3o.T.156 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

SALARIOS CAÍDOS, CONDENA AL PAGO DE LOS, CUANDO LA OMISIÓN DE REINSTALAR AL ACTOR, DERIVADA DEL OFRECIMIENTO DEL EMPLEO, EN PRINCIPIO, ES IMPUTABLE A LA JUNTA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Enero de 2004; Pág. 1615

Precedentes

Amparo directo 831/2003. Tiendas Aurrerá, S.A. de C.V. 26 de noviembre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Cerdán Lira. Secretaria: Karla Medina Armendáiz. Notas: La tesis citada aparece publicada con el número 560 en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, Tomo V, Materia del Trabajo, página 455. Este criterio ha integrado la jurisprudencia IV.3o.T. J/68, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, octubre de 2007, página 3073, con el rubro: " SALARIOS CAÍDOS POR DESPIDO INJUSTIFICADO. DISTINTAS HIPÓTESIS PARA DETERMINAR EL PERIODO QUE COMPRENDEN ."

→ Más tesis en materia laboral