1a. LXIX/2003 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
CONTRADICCIÓN DE TESIS. EXISTE AUN CUANDO LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO CONTENDIENTES DISCREPEN RESPECTO DE CUÁL ES LA NORMA APLICABLE A LA HIPÓTESIS PROCESAL QUE RESOLVIERON.
[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Diciembre de 2003; Pág. 78
El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis de jurisprudencia P./J. 26/2001 determinó que existen tesis contradictorias cuando concurren los siguientes supuestos: a) que al resolver los negocios jurídicos se examinen cuestiones jurídicas esencialmente iguales y se adopten posiciones o criterios jurídicos discrepantes; b) que la diferencia de criterios se presente en las consideraciones, razonamientos o interpretaciones jurídicas de las sentencias respectivas; y c) que los distintos criterios provengan del examen de los mismos elementos. Ahora bien, el hecho de que los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes hayan discrepado respecto de cuál era la norma aplicable a un supuesto específico que resolvieron, no es obstáculo para determinar la existencia de la contradicción de tesis planteada, pues la elección de una norma procesal distinta respecto de una misma hipótesis, implica que cada uno de dichos órganos jurisdiccionales realizó su propia interpretación y llegó a conclusiones opuestas.
Precedentes
Contradicción de tesis 5/2003-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Noveno y Décimo Segundo en Materia Civil del Primer Circuito. 4 de junio de 2003. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Juventino V. Castro y Castro. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: María Amparo Hernández Chong Cuy.
Nota: Esta tesis no constituye jurisprudencia ya que no resuelve el tema de la contradicción planteada.
La tesis P./J. 26/2001 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIII, abril de 2001, página 76, con el rubro: "
CONTRADICCIÓN DE TESIS DE TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. REQUISITOS PARA SU EXISTENCIA
."