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1a. LXIX/2003 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

CONTRADICCIÓN DE TESIS. EXISTE AUN CUANDO LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO CONTENDIENTES DISCREPEN RESPECTO DE CUÁL ES LA NORMA APLICABLE A LA HIPÓTESIS PROCESAL QUE RESOLVIERON.

[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Diciembre de 2003; Pág. 78

Precedentes

Contradicción de tesis 5/2003-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Noveno y Décimo Segundo en Materia Civil del Primer Circuito. 4 de junio de 2003. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Juventino V. Castro y Castro. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: María Amparo Hernández Chong Cuy. Nota: Esta tesis no constituye jurisprudencia ya que no resuelve el tema de la contradicción planteada. La tesis P./J. 26/2001 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIII, abril de 2001, página 76, con el rubro: " CONTRADICCIÓN DE TESIS DE TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. REQUISITOS PARA SU EXISTENCIA ."

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