2a. CXXXIV/2003Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa
AMPARO. ES IMPROCEDENTE RESPECTO DEL ARTÍCULO 1o., INCISO A), FRACCIÓN I, NUMERALES 1, 3, 10 Y 11 DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL 2002, POR HABERSE DECLARADO LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO TERCERO DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDIÓ LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 1o. DE ENERO DE 2002.
[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Octubre de 2003; Pág. 51
En virtud de existir jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que sostiene la inconstitucionalidad del impuesto sustitutivo del crédito al salario, previsto en el artículo
tercero
del decreto por el que se expidió la Ley del Impuesto sobre la Renta, el aspecto de recaudación subyacente no puede surtir efectos legales o materiales respecto del contribuyente por haber dejado de existir su objeto y materia. Por ende, si se impugna el referido artículo tercero, así como el artículo 1o., inciso a), fracción I, y los numerales 1, 3, 10 y 11 de la Ley de Ingresos de la Federación para el 2002, se actualiza la causal de improcedencia prevista en el artículo
73, fracción XVII, de la Ley de Amparo
, pues aun cuando subsiste el acto no puede surtir efecto legal o material alguno por haber dejado de existir su objeto o materia, en virtud de la declaratoria de inconstitucionalidad de mérito.
Precedentes
Amparo en revisión 737/2002. Rafael González Lomelí. 24 de septiembre de 2003. Cinco votos. Ponente: José Vicente Aguinaco Alemán. Secretaria: Claudia Mendoza Polanco.