Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
IX.1o.70 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

QUEJA. DEBE DESECHARSE ESE RECURSO CUANDO EL QUE LO INTERPONE NO ES PARTE EN EL JUICIO DE AMPARO, SINO SÓLO PROPORCIONÓ INFORMACIÓN RELACIONADA CON LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR LAS PARTES.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Agosto de 2003; Pág. 1811

Precedentes

Queja 104/2002. Casa de Cambio Monex, S.A. de C.V. 20 de marzo de 2003. Mayoría de votos. Disidente: F. Guillermo Baltazar Alvear. Ponente: Carlos L. Chowell Zepeda. Secretario: Faustino Azpeitia Arellano. Notas: Por ejecutoria del 27 de febrero de 2008, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 122/2007-PS, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva. Por ejecutoria del 9 de marzo de 2011, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 455/2010, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

→ Más tesis en materia común