VI.3o.A.126 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
REVISIÓN DE ESCRITORIO O GABINETE. NO DEBE EXIGIRSE QUE EN EL CITATORIO RESPECTIVO SE SEÑALE QUE ES PARA RECIBIR LA SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Enero de 2003; Pág. 1860
Es verdad que para la emisión de una orden de "revisión de escritorio o gabinete" o de una visita domiciliaria, en principio deben observarse cabalmente los requisitos derivados del
primer párrafo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, como lo son, entre otros, el precisar correctamente el sujeto, la denominación de las contribuciones y el periodo a revisar. Empero, ello no significa que en dichos medios de comprobación se exijan exactamente los mismos requisitos para su emisión, ya que la naturaleza jurídica de la "revisión de escritorio o gabinete" y de una visita domiciliaria difiere sustancialmente, pues en aquélla la revisión se realiza en las oficinas de la autoridad fiscal, mientras que la visita domiciliaria precisamente se desahoga en el domicilio del visitado, en cuyo caso su inviolabilidad sí se encuentra tutelada por el antepenúltimo párrafo del citado artículo constitucional. Por tanto, a diferencia de una orden de visita, en una "revisión de escritorio o gabinete" no se debe exigir que en el citatorio relativo se señale que es para recibir la solicitud de documentación, ya que en ésta no se ve afectada la inviolabilidad del domicilio.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Revisión fiscal 156/2002. Administrador Local Jurídico de Puebla Sur. 10 de octubre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Raúl Oropeza García. Secretario: Héctor Alejandro Treviño de la Garza.
Revisión fiscal 181/2002. Administrador Local Jurídico de Puebla Sur. 30 de octubre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Antonio Pescador Cano. Secretario: José Guerrero Durán.
Véase: Tesis
2a./J. 148/2002
que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVII, enero de 2003, página 637.