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1a./J. 55/2002 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Penal

PRUEBA TESTIMONIAL EN EL PROCEDIMIENTO PENAL. LA OMISIÓN DE IDENTIFICAR A LOS TESTIGOS MEDIANTE DOCUMENTO IDÓNEO, EN SÍ MISMA, NO ES SUFICIENTE PARA RESTAR VALOR PROBATORIO A SU TESTIMONIO (LEGISLACIÓN PROCESAL DE LOS ESTADOS DE JALISCO Y PUEBLA).

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Noviembre de 2002; Pág. 133

Precedentes

Contradicción de tesis 8/2001-PS. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito y Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito. 30 de agosto de 2002. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juventino V. Castro y Castro. Ponente: Juventino V. Castro y Castro; en su ausencia hizo suyo el asunto Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretario: Javier Carreño Caballero. Tesis de jurisprudencia 55/2002. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de treinta de agosto de dos mil dos, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: presidente Juan N. Silva Meza, Humberto Román Palacios, José de Jesús Gudiño Pelayo y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ausente: Juventino V. Castro y Castro. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 358/2015 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de 15 de diciembre de 2015.

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