XVII.1o.11 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
QUEJA, RECURSO DE. NO PUEDEN SER MATERIA DEL MISMO LOS AGRAVIOS DIRIGIDOS A COMBATIR LA VALIDEZ DE LA NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA O DE OTRAS RESOLUCIONES O ACTUACIONES.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Septiembre de 2002; Pág. 1427
El recurso de queja tiene por objeto el análisis de la legalidad en que se sustentan las consideraciones de la resolución recurrida, por lo que si el inconforme no esgrime argumentos contra las mismas, sino que expone razonamientos tendientes a combatir la notificación de esa resolución o de otras, como la de la sentencia de amparo, los mismos resultan inoperantes, al no guardar correspondencia con la sustancia del recurso, pues no lo es tal la validez de las notificaciones que señalen como practicadas de manera irregular, sino que ello en todo caso sería materia de diverso procedimiento.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 36/2002. Comisión Mixta de Escalafón del Magisterio Subsistema Estatal. 27 de junio de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Ignacio Rosas González. Secretario: Roberto Acosta González.