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XI.3o.13 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE. SE SURTE SU COMPETENCIA CUANDO EL CONFLICTO PLANTEADO SE REFIERE A OBLIGACIONES EN MATERIA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO O DE SEGURIDAD E HIGIENE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Septiembre de 2002; Pág. 1387

Precedentes

Amparo directo 748/2001. Din, S.A. de C.V. 7 de junio de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Patricia Mújica López. Secretario: Zirahuén Duarte Briz. Nota: Por ejecutoria del 28 de septiembre de 2022, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 184/2022, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis.

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