III.1o.C. J/32 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Civil
DIVORCIO, VALOR PROBATORIO DEL INFORME RENDIDO EN UN JUICIO DE, POR EL DEPARTAMENTO DE TRABAJO SOCIAL DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE JALISCO.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Agosto de 2002; Pág. 1081
Carece de valor probatorio el informe que, en un juicio de divorcio, rinde el Departamento de Trabajo Social del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, en el cual se hace mención a declaraciones recabadas por personal de dicha oficina, en primer lugar, porque se trata de una prueba confeccionada únicamente al arbitrio de las trabajadoras sociales, sin observar formalidad judicial alguna y, en segundo término, en virtud de que tales trabajadoras no están investidas de fe pública ni tienen facultades legales para recibir declaraciones de las partes o de terceras personas, lo cual incumbe al juzgador, de acuerdo con lo ordenado por el artículo 56 del Código de Procedimientos Civiles de la mencionada entidad federativa, actualmente 69 del código vigente, de semejante redacción.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 114/90. María Trinidad García Muñoz. 29 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arturo González Zárate. Secretario: Ricardo Lepe Lechuga.
Amparo en revisión 561/90. José Armando D'Abbadie Mier. 18 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: Alicia Marcelina Sánchez Rodelas.
Amparo directo 87/92. Roberto Covarrubias Flores. 26 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco José Domínguez Ramírez. Secretario: Martín Alejandro Cañizales Esparza.
Amparo directo 77/94. Mercedes Arroyo Aguilar. 4 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco José Domínguez Ramírez. Secretaria: María de Jesús Ramírez Díaz.
Amparo directo 2096/2001. María Celina Morales Buenrostro y coags. 14 de febrero de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arturo González Zárate. Secretaria: Cecilia Peña Covarrubias.