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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 4 de mayo de 2005, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 34/2005-PS en que participó el presente criterio.

VI.1o.P. J/38 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Penal
Registro digital (IUS)
186325
Clave de tesis
VI.1o.P. J/38
Tipo
Jurisprudencia
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Penal
Fuente
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Agosto de 2002; Pág. 1016

CONCEPTOS DE VIOLACIÓN INATENDIBLES. LO SON AQUELLOS QUE ALEGAN VIOLACIONES COMETIDAS DURANTE LA AVERIGUACIÓN PREVIA, CUANDO SE RECLAMA LA SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN EL JUICIO PENAL.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Agosto de 2002; Pág. 1016

Precedentes

Amparo directo 82/2002. 4 de abril de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretario: Juan Gabriel Calvillo Carrasco. Amparo directo 120/2002. 3 de mayo de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretario: Juan Gabriel Calvillo Carrasco. Amparo directo 157/2002. 23 de mayo de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretario: Juan Gabriel Calvillo Carrasco. Amparo directo 181/2002. 13 de junio de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretaria: María Eva Josefina Lozada Carmona. Amparo directo 178/2002. 27 de junio de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Vélez Barajas. Secretaria: Juana Patricia Cadena Palacios. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VI, noviembre de 1997, página 375, tesis XVII.2o. J/8, de rubro: " MINISTERIO PÚBLICO. LAS DILIGENCIAS PRACTICADAS EN AVERIGUACIÓN PREVIA NO PUEDEN CONSTITUIR VIOLACIONES PROCESALES .". Nota: Por ejecutoria de fecha 4 de mayo de 2005, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 34/2005-PS en que participó el presente criterio.

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