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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/187195

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 13 de marzo de 2019, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 384/2018 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva. Esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 107/2026, pendiente de resolverse por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

XVII.4o.2 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
187195
Clave de tesis
XVII.4o.2 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Abril de 2002; Pág. 1276

INTERÉS JURÍDICO EN EL AMPARO. LO TIENE EL COMPRADOR QUE FUNDA SU DERECHO EN UN CONTRATO DE COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO, PARA EJERCITAR ACCIÓN EN CONTRA DEL ASEGURAMIENTO DEL INMUEBLE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Abril de 2002; Pág. 1276

Precedentes

Amparo en revisión 3/2001. María Teresa Monserrat Granillo Sepúlveda. 17 de enero de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Gómez Molina. Secretaria: María Guadalupe Contreras Jurado. Nota: Por ejecutoria del 13 de marzo de 2019, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 384/2018 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva. Esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 107/2026, pendiente de resolverse por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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Registro digital (IUS): 187195