IV.2o.A.27 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
NULIDAD, JUICIO DE. LOS FORMATOS DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA SOBRE DILIGENCIA DE REQUERIMIENTO DE PAGO, SIN LA FIRMA DEL EJECUTOR Y SIN LLENAR EL ESPACIO RELATIVO AL "ACTA DE REQUERIMIENTO", ASÍ COMO EL CITATORIO PREVIO A LA NOTIFICACIÓN DE AQUÉL, SON INSUFICIENTES PARA PROBAR LA EXISTENCIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO EN ÉL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Febrero de 2002; Pág. 884
De una interpretación literal y sistemática de los artículos
42
,
137
,
202, fracciones I y XI
, y
209 bis, fracción II, todos del Código Fiscal de la Federación
, se llega a la conclusión de que el citatorio hecho por la autoridad exactora en el cual aparece la leyenda "requerimiento pago/embargo", aunado a diversos formatos del Servicio de Administración Tributaria en los cuales constan los datos del contribuyente, número de crédito y del documento determinado, el importe y las fechas de notificaciones y corte, resultan insuficientes para comprobar la existencia del acto administrativo controvertido a través del juicio de nulidad. En efecto, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 137 del código tributario federal, el citatorio no constituye una notificación de los actos administrativos impugnados, sino un acto previo a la misma, que tiene como fin requerir la espera del interesado para el día siguiente; por otra parte, tampoco comprueban la existencia preindicada, los formatos del Servicio de Administración Tributaria sobre diligencia de requerimiento de pago, dado que el acto que lo autentica es el requerimiento de pago por parte del ejecutor, y si en el apartado relativo quedó el espacio sin llenar y no obra su firma, no se materializó el acto administrativo señalado, por lo que en términos del artículo 42, último párrafo, no puede considerarse que inició y, por ende, que exista jurídicamente; razón por la que igualmente devienen inexistentes las resoluciones impugnadas mediante el juicio de nulidad.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 376/2001. Etiquetas Adhesivas, S.A. de C.V. 15 de agosto de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Meza Pérez. Secretaria: María Inocencia González Díaz.