2a./J. 11/2002 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
JURISPRUDENCIA. CUANDO SE ESTABLECE POR REITERACIÓN, SE CONSTITUYE POR LO RESUELTO EN CINCO EJECUTORIAS COINCIDENTES NO INTERRUMPIDAS POR OTRA EN CONTRARIO, POR LO QUE LA REDACCIÓN, EL CONTROL Y LA DIFUSIÓN DE LAS TESIS CORRESPONDIENTES SÓLO PRODUCEN EFECTOS PUBLICITARIOS.
[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Febrero de 2002; Pág. 41
Los artículos
94, párrafo séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
,
192, párrafo segundo
y
195 de la Ley de Amparo
prevén, respectivamente, que la ley fijará los términos en que sea obligatoria la jurisprudencia que establezcan los tribunales del Poder Judicial de la Federación; que las resoluciones constituirán jurisprudencia, siempre que lo resuelto en ellas se sustente en cinco ejecutorias no interrumpidas por otra en contrario, y sean aprobadas, tratándose de las del Pleno, por lo menos por ocho Ministros, o por cuatro Ministros, en el caso de las emitidas por las Salas; así como las reglas relativas a la aprobación del texto y rubro de las tesis jurisprudenciales y los requisitos para su publicidad y control, por lo tanto, la redacción, el control y la difusión de las tesis correspondientes, sólo tienen efectos publicitarios, mas no constituyen requisitos para la formación de los criterios de observancia obligatoria.
Precedentes
Amparo en revisión 120/2000. Embotelladora Lagunera, S.A. de C.V. 4 de agosto de 2000. Cinco votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretario: Rafael Coello Cetina.
Amparo en revisión 599/2000. Inmobiliaria Operativa, S.A. de C.V. 4 de agosto de 2000. Cinco votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretario: Rafael Coello Cetina.
Amparo en revisión 736/2000. Embotelladora Moderna, S.A. de C.V. 4 de agosto de 2000. Cinco votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretario: Rafael Coello Cetina.
Competencia 271/2001. Suscitada entre el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito. 18 de enero de 2002. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Martha Elba Hurtado Ferrer.
Competencia 284/2001. Suscitada entre los Tribunales Colegiados Quinto en Materia Administrativa del Primer Circuito, Noveno de la misma materia y circuito y Tercero en Materia Civil del Séptimo Circuito. 18 de enero de 2002. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Gonzalo Arredondo Jiménez.
Tesis de jurisprudencia 11/2002. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del ocho de febrero de dos mil dos.