2a./J. 75/2001 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa
SENTENCIA DE AMPARO. SE INCURRE EN DEFECTUOSO CUMPLIMIENTO SI HABIÉNDOSE OTORGADO LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL RESPECTO DE PRECEPTOS RELATIVOS A UN IMPUESTO, LA AUTORIDAD SE LIMITA A DEVOLVER LO PAGADO POR ÉSTE Y NO LO CUBIERTO POR TRIBUTOS COMPLEMENTARIOS A LOS QUE NO SE REFIRIÓ LA SENTENCIA, PERO QUE DEBÍAN CALCULARSE EN UN PORCENTAJE ADICIONAL A AQUÉL.
[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Diciembre de 2001; Pág. 339
En virtud de que el efecto de las sentencias dictadas en los amparos contra leyes es que al quejoso no le sea aplicada la norma declarada inconstitucional (durante el tiempo de su vigencia), lo conducente es que las autoridades exactoras estén obligadas a restituirle las cantidades que haya enterado, tanto por el impuesto principal como por los tributos complementarios, puesto que su aplicación se encuentra estrechamente vinculada a la norma materia del juicio de garantías, independientemente de que la protección constitucional se haya sustentado en consideraciones relativas al precepto que señalaba la tasa que debía aplicarse para pagar el tributo principal, pues si los tributos complementarios deben calcularse sobre la misma base, el amparo otorgado trasciende necesariamente a ellos.
Precedentes
Inconformidad 572/2000. TRW Occupant Restriants de Chihuahua, S.A. de C.V. 12 de enero de 2001. Cinco votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: Lourdes Margarita García Galicia.
Queja 15/2000. Digital Appliance Controls de México, S.A. de C.V. 9 de febrero de 2001. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Minerva Cifuentes Bazán.
Inconformidad 57/2001. Circuitos de Chihuahua, S.A. de C.V. 2 de marzo de 2001. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Ernesto Martínez Andreu.
Inconformidad 100/2001. BMM Partes Eléctricas Automotrices, S. de R.L. de C.V. 17 de abril de 2001. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretario: Eduardo Ferrer Mac Gregor Poisot.
Inconformidad 289/2001. López Molinar, Gayou, Bustamante, Gutiérrez y Salvatori, S.C. 25 de mayo de 2001. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan Díaz Romero. Ponente: Juan Díaz Romero; en su ausencia hizo suyo el asunto Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: Martha Elba Hurtado Ferrer.
Tesis de jurisprudencia 75/2001. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del treinta de noviembre de dos mil uno.