I.3o.C.16 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
COMPULSA DE DOCUMENTOS. SI EL JUEZ DE DISTRITO OMITE ACORDAR LA PETICIÓN DEL QUEJOSO DE REALIZARLA A FIN DE ACREDITAR SU INTERÉS JURÍDICO EN LA SUSPENSIÓN, VIOLA LAS NORMAS ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Octubre de 2001; Pág. 1100
Cuando el quejoso en su escrito de demanda manifestó que exhibía los documentos que especificó y en el incidente de suspensión solicitó la compulsa de los mismos que en copia simple anexó y cuyos originales en copias certificadas obraban en el cuaderno principal, a efecto de que se agregara copia certificada, previa la compulsa, al cuaderno incidental, con el fin de acreditar su interés jurídico, el Juez de Distrito debió proveer esa petición del quejoso al momento de celebrar la audiencia incidental y, al no hacerlo, violó en su perjuicio las reglas esenciales del procedimiento, que le dejan sin defensa, por lo que debe ordenarse la reposición del mismo.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 2743/2001. María de Jesús Salvatierra Castañeda. 31 de mayo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretario: Rómulo Amadeo Figueroa Salmorán.
Amparo en revisión 3083/2001. Suc. de María Magdalena Francisca Javiera Monroy de Pérez Gálvez o Javiera Monroy de Pérez Gálvez de Rincón, representada por su albacea Francisco Rincón Servín, por conducto de su apoderado Arturo Carlock Flores. 26 de junio de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: José Atanacio Alpuche Marrufo. Secretaria: Miriam Aidé García González.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo III, Segunda Parte-2, enero a junio de 1989, página 599, tesis de rubro: "
PRUEBA DOCUMENTAL OFRECIDA EN EL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN, NO ACORDADA. REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO.
".