Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
2a. CLVIII/2001 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Penal

SALUD, DELITOS CONTRA LA. SON CONSTITUCIONALES LOS ARTÍCULOS 193 Y 195 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL EN CUANTO EL PRIMERO REMITE A LA LEY GENERAL DE SALUD PARA DETERMINAR CUÁLES SON LOS NARCÓTICOS Y EL SEGUNDO TIPIFICA Y SANCIONA COMO DELITO LA POSESIÓN DE LOS MISMOS CON LA FINALIDAD DE REALIZAR ALGUNA DE LAS CONDUCTAS PREVISTAS POR EL NUMERAL 194 DEL PROPIO CÓDIGO.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Agosto de 2001; Pág. 248

Precedentes

Amparo directo en revisión 353/2001. 6 de julio de 2001. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Moisés Muñoz Padilla.