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XXII.2o.10 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

MANDATO. FACULTAD EXPRESA. LA VALIDEZ DE SU OTORGAMIENTO EXIGE QUE SE ESPECIFIQUE DE MANERA CLARA, LITERAL Y PRECISA EN EL PROPIO DOCUMENTO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Enero de 2001; Pág. 1747

Precedentes

Amparo directo 53/2000. María Judith Trillanes Naranjo. 28 de agosto de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Mario Montellano Díaz. Secretaria: Guillermina Frausto Hernández. Nota: Por ejecutoria de fecha 24 de septiembre de 2008, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 137/2008-SS en que participó el presente criterio.

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