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I.6o.C.51 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

SUPLENCIA DE LA DEFICIENCIA DE LA QUEJA. CASO EN QUE NO PROCEDE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XII, Julio de 2000; Pág. 827

Precedentes

Amparo en revisión 1696/99. Emilio Aarúm Tame. 1o. de diciembre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Adalid Ambriz Landa. Secretaria: Ana María Nava Ortega.