Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/191711
IV.2o.A.T.22 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
191711
Clave de tesis
IV.2o.A.T.22 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Junio de 2000; Pág. 593

PREVENCIONES Y REQUERIMIENTOS. ARTÍCULO 28, FRACCIÓN II, PÁRRAFO TERCERO, DE LA LEY DE AMPARO. DEBEN NOTIFICARSE PERSONALMENTE A LAS PARTES, AUN CUANDO NO SE TRATE DE QUEJOSOS PRIVADOS DE SU LIBERTAD.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Junio de 2000; Pág. 593

Precedentes

Incidente de nulidad de notificaciones 2/2000. Semillas Wac de México, S.A. de C.V. 29 de marzo de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Aurelio Sánchez Cárdenas. Secretaria: Carmen Leticia Hernández Guerrero.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia común

Registro digital (IUS): 191711