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V.2o.67 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

COSTAS, SI LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA ES REVOCADA CON EL OBJETO DE REPONER EL PROCEDIMIENTO EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, NO ES DABLE REALIZAR CONDENA EN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Diciembre de 1999; Pág. 703

Precedentes

Amparo en revisión 220/99. José Ramón Uribe Maytorena. 15 de octubre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Lucila Castelán Rueda. Secretaria: María Elva Lugo Pesqueira.

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