I.6o.C.182 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS CERTIFICADOS POR EL CONTADOR AUTORIZADO DE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO. SUS CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Octubre de 1999; Pág. 1272
De una recta interpretación del artículo
68 de la Ley de Instituciones de Crédito
, se arriba al conocimiento de que los estados de cuenta certificados por contador autorizado de la institución de que se trate, reúnen dos características fundamentales: la idoneidad para la procedencia de la vía ejecutiva, al ser acompañados del contrato que les dio origen, tal como el de habilitación, avío, apertura de crédito, refaccionario, etcétera; es decir, su exhibición en juicio da lugar a la procedencia de la vía señalada; pero además, hacen prueba plena de los saldos resultantes a cargo del acreditado, salvo prueba en contrario.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 86/99. Banco Obrero, S.A., Institución de Banca Múltiple. 7 de mayo de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo R. Parrao Rodríguez. Secretario: José Guadalupe Sánchez González.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo IV, Materia Civil, página 175, tesis 257, de rubro: "
ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS. REQUISITOS PARA QUE CONSTITUYAN TÍTULOS EJECUTIVOS
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